INGRESO DE COLOMBIA A LA OCDE: BALANCE AGRIDULCE
Por: Ramiro Restrepo González
Como bien sabemos, la Organización para la Cooperación y el
Desarrollo Económico, más conocida como la OCDE, es un exclusivo club que reúne
a 37 países que dicen tener las mejores prácticas en política pública. Aunque
muchos de sus socios son países desarrollados y ricos, es un club de mejores
prácticas, no de ricos, como muchos piensan. Entre ellos, ya contamos entonces
con tres representantes latinoamericanos: Chile, México y Colombia.
La noticia del ingreso de Colombia, sin lugar a dudas, tiene
un sinfín de connotaciones positivas. Resalto algunas:
- Es
un importante logro del gobierno actual en materia de reconocimiento y
posicionamiento internacional.
- Nos
abrirá muchas puertas en materia de mercados: financieros, de bienes y
servicios, de cooperación, etc.
- Nos
impulsará muchos indicadores de calificación: de riesgo-país, de inversión, de
turismo, etc.
- Nos
ayudará en los siempre alicaídos rankings
internacionales de transparencia, percepción de la corrupción y afines.
- En
resumen: nos mejorará la nota de conducta y disciplina en la comunidad de
naciones y nos ayudará a mejorar nuestra red de relaciones.
La pregunta clave es: ¿qué transformaciones ha producido en
las prácticas de política pública y de desempeño privado en Colombia el ingreso
a la OCDE? Y mi respuesta a este interrogante sí es fatalmente negativa.
Transformaciones santanderistas quizás, es decir, normativas, sin que, en la
realidad (y no olvidemos que es un club precisamente de prácticas, no de
normas), se haya registrado cambio alguno. Es la tragedia de un país en el que
hay más abogados que ingenieros. Veamos algunos datos, tomados del área
laboral, que fue evaluada y aprobada por el Comité de Trabajo, Empleo y Asuntos
Sociales, uno de los 23 comités que evaluaron y aprobaron el desempeño de
Colombia en otras tantas áreas.
1. Según
el Informe Nacional de Coyuntura Social y Laboral 2018, de la Escuela Nacional
Sindical, los siguientes son algunos datos laborales del país:
§
La tasa de informalidad laboral (medida según
acceso a la seguridad social), se ubicó en el 65,9%, al cierre del año 2017. Es
decir, 2 de cada 3 trabajadores colombianos.
§
La tasa de trabajo infantil se ubicó en el 7,3%,
lo que equivale a la preocupante cifra de 796.000 niños en situación de trabajo
forzado.
§
Sólo el 38,6% de los trabajadores se encontraba
cotizando para el sistema de pensiones, y sólo el 45,7 estaba amparado por el
sistema de riesgos laborales.
2. Otra
cara es la precariedad laboral de los contratados y oficialmente en situación
de empleo. Esta precariedad ha desarrollado múltiples formas, que van mutando
con el tiempo, según las dinámicas legislativas:
§ La primera forma es la tercerización a través de
Cooperativas de Trabajo Asociado de papel. Una figura de la que se ha abusado
hasta el infinito, aún por encima de la prohibición legal de la intermediación
laboral prescrita en el decreto 2025 de 2011, decreto objetado este año por el
Consejo de Estado, de manera incomprensible. Proyecciones para 2018, hechas por
la Confederación de Cooperativas de Colombia prevén 7 millones de trabajadores
afiliados a este modelo. Y decimos “de papel”, al referirnos a estas
cooperativas, porque poquísimas de ellas reúnen los requisitos legales para
operar como tales, y son tercerización irresponsable de mano de obra
dependiente y asalariada, pero sin las garantías legales mínimas.
§ La segunda forma son los contratos de prestación
de servicios, llamados OPS. Éstos están previstos en la legislación colombiana
y son legítimos en sí, cuando se refieren a contratistas independientes. Pero
su uso se ha extendido de manera abusiva a trabajadores dependientes, aún en
las dependencias del Estado. Sólo en el sector público, y según información
oficial, en el año 2016 había 243.427 empleados públicos contratados bajo esta
modalidad y estimativos para todo el país ubican la cifra en 800.000.
§ La tercera forma son las empresas de servicios
temporales, de las cuales también se ha abusado por encima de las restricciones
legales básicas. Según cifras de la Asociación Colombiana de Empresas de
Servicios Temporales –Acoset-, en Colombia había en 2017 un total de 500.000
trabajadores temporales (5,4% de los empleos formales en el país).
§ La cuarta forma la constituyen los “empleos” por
unidad de obra, sin ninguna garantía legal, los cuales vienen proliferando de
manera silenciosa y masiva. Ver, para ilustrarlo, la nota publicada en este
mismo Blog bajo el título “La Institucionalización de la Informalidad Laboral
(I). En esta modalidad, sencillamente no es dable encontrar estadística alguna,
toda vez que es una modalidad encubierta de contratación.
Ante este panorama, bien valen algunas preguntas mínimas:
§
¿Es este portafolio de prácticas laborales el
perfil de un país que amerite ser admitido como miembro de la OCDE?
§
¿Son similares los resultados en los otros 22
comités en los que fue evaluado el desempeño público y privado de nuestro país?
§
¿Los expertos de la OCDE evalúan prácticas y
desempeños, o sólo marcos normativos, así éstos no se cumplan en la vida diaria
(pensamiento de ingenieros) y sean sólo declaraciones de papel (pensamiento de
abogados)?
§
¿Son éstas las prácticas promedio de los países
miembros de la OCDE, en cuyo caso estaríamos ante un club sencillamente
mediocre, del que no vale pena formar parte?
§
¿A qué tanto bombo, entonces, con el ingreso de
nuestro país a este cacareado club de buenas prácticas que, por lo visto, no lo
son?
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